Betty May
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) puede atender reclamaciones relacionadas con la educación privada. El fallo reconoce el pago de colegiaturas como un consumo sujeto a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Desde 1992, diversas resoluciones judiciales y administrativas respaldan a la Profeco como la instancia interlocutora válida, por lo que la SCJN se pronunció sobre el tema y eliminó cualquier argumento legal de que las escuelas privadas podrían usar para evitar la competencia de la institución.
Tras una década de litigio con una escuela privada, el máximo tribunal determinó que cobrar una contraprestación por educación genera una relación de consumo, respaldando así la actuación de la procuraduría.
El año pasado, la Profeco firmó un convenio de colaboración con la Secretaría de Educación Pública (SEP) que permite compartir información con la autoridad educativa si se detectan incumplimientos administrativos o regulatorios en los centros escolares privados, fortaleciendo las labores de verificación.
Finalmente, la Profeco tiene la facultad de verificar que las escuelas particulares informen claramente sobre sus costos, tarifas, términos y condiciones, así como sus políticas de cancelación. Asimismo, vigila que no se condicione la prestación del servicio educativo.

